Acuerdo de Servicios — Términos y Condiciones
Versión 2026-06-T3 · Última actualización: junio de 2026 · Centro legal
1. Partes y naturaleza vinculante
El presente Acuerdo de Servicios (el «Acuerdo») es un contrato legalmente vinculante entre CANDIDATLAS SAS, sociedad por acciones simplificada constituida conforme a las leyes de la República de Colombia, NIT 901.894.267-3, domiciliada en [domicilio] («Candidatlas»), y la persona natural o jurídica que crea una cuenta o usa la plataforma «Hecho Visible» (el «Usuario»). La creación de una cuenta, la marcación de la casilla de aceptación, el uso de la plataforma o el pago de cualquier plan constituyen aceptación expresa, plena e incondicional de este Acuerdo.
2. Definiciones
«Plataforma»: el software, sitios, APIs, modelos, marcas y servicios de Hecho Visible. «Contenido Generado»: textos, imágenes y demás materiales producidos por sistemas de inteligencia artificial a solicitud del Usuario. «Contenido del Usuario»: la información, marcas, textos, imágenes y URLs que el Usuario aporta o somete a análisis. «Terceros Esenciales»: los proveedores independientes enumerados en la cláusula 9.
3. Declaración de uso empresarial (B2B)
El Usuario declara y garantiza que contrata y usa la Plataforma exclusivamente en el marco de su actividad comercial, empresarial o profesional, para la promoción y mercadeo de su propio negocio, encontrándose dicha adquisición intrínsecamente ligada a su actividad económica en los términos del artículo 5 de la Ley 1480 de 2011. En consecuencia, la relación entre las partes es de naturaleza mercantil entre empresarios (B2B) y se rige por el Código de Comercio y el Código Civil, sin perjuicio de las normas imperativas que resulten aplicables. Esta declaración es condición esencial del Acuerdo y de los precios pactados.
4. Objeto del servicio
La Plataforma genera, mediante inteligencia artificial, contenido de marketing a partir de la información del negocio del Usuario y le permite revisarlo, editarlo, programarlo y publicarlo en redes sociales. El servicio constituye una obligación de medio y en ningún caso de resultado.
5. Cuenta y seguridad
El Usuario es el único responsable de la veracidad de sus datos, de la custodia de sus credenciales y de toda actividad realizada desde su cuenta. Deberá notificar de inmediato cualquier uso no autorizado. Candidatlas no responde por accesos derivados de la negligencia del Usuario en la custodia de sus credenciales.
6. Propiedad intelectual de la Plataforma
La Plataforma, su código fuente y objeto, diseño, interfaces, marcas, logos, bases de datos y know-how son propiedad exclusiva de Candidatlas o de sus licenciantes, y están protegidos por la Decisión Andina 351 de 1993, la Decisión Andina 486 de 2000, la Ley 23 de 1982 y demás normas concordantes. Nada en este Acuerdo transfiere al Usuario derecho de propiedad alguno. Queda prohibida la ingeniería inversa, descompilación, extracción sistemática de datos (scraping), reventa o uso de la Plataforma para construir productos competidores.
7. Contenido Generado por IA — licencia y riesgos
(a) Candidatlas concede al Usuario una licencia mundial, no exclusiva y revocable por incumplimiento, para usar el Contenido Generado en la promoción comercial de su propio negocio.
(b) El Usuario reconoce que el Contenido Generado es producido por sistemas de inteligencia artificial y que, por su naturaleza, puede contener errores, imprecisiones, omisiones o similitudes incidentales con contenidos de terceros, y puede carecer de protección autoral. Candidatlas no garantiza la originalidad, exactitud, no infracción ni la registrabilidad del Contenido Generado.
(c) El Usuario asume la obligación de revisar y aprobar todo Contenido Generado antes de su publicación, y asume íntegramente el riesgo y la responsabilidad derivados de su publicación o uso.
8. Contenido del Usuario — garantías y licencia
El Usuario declara y garantiza ser titular o licenciatario legítimo del Contenido del Usuario y contar con las autorizaciones necesarias para someterlo a análisis automatizado. El Usuario concede a Candidatlas una licencia gratuita, mundial y no exclusiva para alojar, procesar, transformar y reproducir dicho contenido en la medida necesaria para prestar, asegurar, mantener y mejorar el servicio, incluida la utilización de datos agregados o anonimizados con fines estadísticos y de mejora. Las notificaciones por presunta infracción de derechos se atienden conforme al Centro legal.
9. Dependencia esencial de Terceros Esenciales
El Usuario reconoce y acepta, como presupuesto esencial de este Acuerdo, que la Plataforma depende de manera total e ineludible de servicios prestados por terceros independientes, sobre los cuales Candidatlas no ejerce ni puede ejercer control alguno, entre ellos: (i) proveedores de modelos de inteligencia artificial (Anthropic PBC, Google LLC); (ii) Meta Platforms, Inc. y sus servicios Instagram, Facebook y WhatsApp — incluidas sus políticas, revisiones, límites, cambios de API, suspensiones, bloqueos o cierres de cuentas; (iii) procesadores de pago (Stripe, Inc.; Wompi S.A.S.; las entidades financieras de PSE y Nequi); (iv) proveedores de infraestructura en la nube, cómputo, almacenamiento y CDN (incluidos Railway, Vercel y Cloudflare); (v) proveedores de envío de correo (Resend) y de análisis de sitios (Firecrawl); y (vi) la red Internet, los servicios DNS, las telecomunicaciones y el suministro eléctrico. La disponibilidad, continuidad, calidad, políticas, precios y decisiones de los Terceros Esenciales son ajenos a la voluntad de Candidatlas, y su falla, degradación, suspensión, modificación o terminación puede afectar o impedir, total o parcialmente, el funcionamiento de la Plataforma. El Usuario declara conocer y asumir informadamente este riesgo.
10. Disponibilidad — sin niveles de servicio
La Plataforma se presta «tal cual» («as is») y «según disponibilidad», sin acuerdo de nivel de servicio (SLA), sin garantía de continuidad, oportunidad o ausencia de errores. Candidatlas podrá realizar mantenimientos, actualizaciones o suspensiones técnicas cuando lo estime necesario, y modificar o descontinuar funcionalidades. No se garantizan resultados comerciales, ventas, alcance ni desempeño alguno.
11. Cuentas de redes sociales de terceros — mandato y riesgo
La conexión de cuentas de Instagram, Facebook, WhatsApp u otras plataformas de terceros es una decisión libre del Usuario, quien declara ser su titular legítimo y otorga a Candidatlas un mandato (artículos 2142 y siguientes del Código Civil y 1262 del Código de Comercio) limitado a publicar y gestionar contenido en su nombre y por su cuenta, conforme a las instrucciones y aprobaciones impartidas a través de la Plataforma. El Usuario es el único responsable de cumplir los términos y políticas de dichas plataformas, de mantener vigentes los permisos de conexión y de las consecuencias de su incumplimiento, incluidas las derivadas del contenido que apruebe para publicación. El bloqueo, la suspensión, la restricción de alcance, el cierre o cualquier otra decisión de las plataformas de terceros respecto de las cuentas del Usuario constituye un hecho de un tercero ajeno a Candidatlas, cuyo riesgo asume íntegramente el Usuario, y no genera responsabilidad para Candidatlas ni derecho a reembolso, salvo dolo o culpa grave de Candidatlas y sin perjuicio de los derechos irrenunciables del consumidor cuando resulte aplicable la Ley 1480 de 2011.
12. Exoneración por causa extraña y limitación de responsabilidad — núcleo del Acuerdo
En la máxima medida permitida por la ley colombiana, y como condición esencial de la ecuación económica de este Acuerdo sin la cual Candidatlas no prestaría el servicio a los precios pactados, el Usuario acepta expresamente que:
(a) Remedio exclusivo. Frente a cualquier falla del servicio imputable a Candidatlas, el remedio exclusivo del Usuario será, a elección de Candidatlas, la re-ejecución de la prestación afectada o el crédito o la devolución proporcional de lo pagado por el periodo afectado; si la re-ejecución elegida no se completare dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la reclamación del Usuario, procederá en todo caso el crédito o la devolución proporcional.
(b) Exclusión de daños. Candidatlas no será responsable por daños indirectos o consecuenciales, lucro cesante, pérdida de oportunidad, pérdida o corrupción de datos, daño reputacional, sobrecostos publicitarios ni perjuicios derivados de la imposibilidad de usar la Plataforma.
(c) Causa extraña. Constituyen causa extraña que rompe el nexo causal (artículos 64 y 2341 y siguientes del Código Civil; artículo 1 de la Ley 95 de 1890): la fuerza mayor o el caso fortuito; el hecho exclusivo de un tercero, incluidos la falla, suspensión, modificación, decisión o política de los Terceros Esenciales descritos en la cláusula 9 y el bloqueo, la restricción o el cierre de cuentas del Usuario en plataformas de terceros; y el hecho o la culpa exclusiva del Usuario, incluida la publicación de contenido que el Usuario revisó y aprobó conforme a la cláusula 7, aprobación que interrumpe la cadena causal respecto del contenido publicado. En consecuencia, Candidatlas solo responde por los daños que le sean directa y exclusivamente imputables a su propio hecho.
(d) Tope agregado. En cualquier caso en que, pese a lo anterior, se declare judicialmente una responsabilidad a cargo de Candidatlas, su responsabilidad total acumulada por la totalidad de las reclamaciones queda limitada al valor efectivamente pagado por el Usuario a Candidatlas durante los doce (12) meses anteriores al hecho generador o, si el Usuario no ha pagado suma alguna, a un (1) salario mínimo legal mensual vigente.
(e) Deber de mitigación. El Usuario deberá adoptar las medidas razonables a su alcance para evitar la extensión del daño; los perjuicios cuya agravación obedezca a su omisión no serán indemnizables (artículos 1603 del Código Civil y 871 del Código de Comercio).
(f) Salvedades. Nada de lo anterior limita la responsabilidad derivada de dolo o culpa grave de Candidatlas (artículos 63 y 1522 del Código Civil) ni, respecto de quien ostente la calidad de consumidor, los derechos que las normas imperativas de la Ley 1480 de 2011 reconocen con carácter irrenunciable. La ineficacia de una estipulación no afectará la validez de las restantes.
13. Indemnidad
El Usuario defenderá y mantendrá indemne a Candidatlas, sus accionistas, administradores, empleados y proveedores frente a toda reclamación, demanda, sanción, pérdida o gasto (incluidos honorarios razonables de abogados) que se derive de: (i) el Contenido del Usuario o el uso del Contenido Generado; (ii) el incumplimiento de este Acuerdo o de la ley; (iii) la infracción de derechos de terceros imputable al Usuario; o (iv) las declaraciones del Usuario en las cláusulas 3 y 8.
14. Planes, pagos, impuestos y renovación
Los planes de pago se facturan mensual o anualmente (el plan anual se paga por adelantado, doce meses al precio de diez). Los pagos se procesan por Stripe (tarjeta, renovación automática) o Wompi (PSE, Nequi, tarjeta; periodos prepagados que expiran sin renovación automática). Los precios no incluyen impuestos, tasas ni retenciones, los cuales corren por cuenta del Usuario cuando apliquen. La mora habilita la suspensión del servicio.
15. Cancelación — preaviso de tres (3) meses
La cancelación de un plan de pago con renovación automática requiere un preaviso de tres (3) meses, solicitado de forma autogestionada desde la sección «Cuenta» o por escrito al correo de contacto. El preaviso surte efectos a partir del día primero (1.º) del mes calendario siguiente a la solicitud, fecha desde la cual se cuentan los tres (3) meses; durante ese periodo el plan permanece plenamente activo, con acceso íntegro al servicio, y las sumas correspondientes se causan y son exigibles, terminando el servicio al vencimiento del tercer mes. Este preaviso, aceptado por el Usuario de manera expresa e individual al momento de contratar, encuentra justificación en la planeación de capacidad, infraestructura y costos con terceros proveedores con la cual Candidatlas dimensiona y tarifica el servicio, y es oponible a los usuarios que contratan en desarrollo de su actividad económica conforme a la cláusula 3. El desconocimiento del cargo ante el emisor del medio de pago o la pasarela (contracargo) no sustituye la solicitud de cancelación ni extingue las sumas causadas. En los planes anuales, el preaviso impide la renovación del periodo siguiente y no acorta el periodo anual ya pagado. Los periodos prepagados vía Wompi simplemente expiran sin renovación automática.
Quien ostente la calidad de consumidor en los términos del artículo 5, numeral 3, de la Ley 1480 de 2011 no está sujeto al preaviso anterior y podrá cancelar en cualquier momento, sin sanción alguna, con efectos al cierre del periodo de facturación en curso (artículo 43, numeral 14, de la Ley 1480 de 2011), sin perjuicio del derecho de retracto del artículo 47 de la misma ley y de los demás derechos irrenunciables del consumidor.
16. Suspensión y terminación por Candidatlas
(a) Suspensión inmediata. Candidatlas podrá suspender total o parcialmente el acceso a la Plataforma, de manera inmediata y mientras subsista la causal, cuando: (i) exista mora en el pago; (ii) se detecte un uso fraudulento, abusivo, ilícito o contrario a este Acuerdo; (iii) así lo exijan requerimientos de los Terceros Esenciales, de autoridad competente o razones de seguridad de la información; o (iv) sea razonablemente necesario para prevenir un daño a Candidatlas, a otros usuarios o a terceros. La suspensión no exime al Usuario del pago de las sumas causadas.
(b) Terminación con justa causa. Candidatlas podrá terminar el Acuerdo de manera inmediata ante un incumplimiento grave del Usuario, o ante cualquier otro incumplimiento no subsanado dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al requerimiento escrito.
(c) Terminación unilateral por Candidatlas. Candidatlas podrá terminar el Acuerdo en cualquier momento y sin necesidad de motivación, mediante preaviso escrito de treinta (30) días calendario, caso en el cual devolverá al Usuario, a prorrata, las sumas pagadas por anticipado correspondientes a periodos no disfrutados y no exigirá el preaviso de cancelación a cargo del Usuario.
16A. Usuarios internacionales — sanciones y exportaciones
La Plataforma se opera desde la República de Colombia y está dirigida principalmente a negocios establecidos en Colombia. El Usuario que acceda desde otra jurisdicción lo hace por su propia iniciativa y bajo su exclusiva responsabilidad, y le corresponde verificar y cumplir las leyes locales aplicables; Candidatlas no garantiza que la Plataforma sea apropiada, lícita o esté disponible fuera de Colombia. El Usuario declara que ni él, ni su negocio, ni sus beneficiarios finales figuran en listas restrictivas o de sanciones vinculantes para Colombia o aplicables a los Terceros Esenciales (incluidas las listas del Consejo de Seguridad de la ONU, la lista SDN de la OFAC y las de la Unión Europea y el Reino Unido), que no se encuentra en un territorio sujeto a embargo integral y que no usará la Plataforma en contravención de normas de control de exportaciones. Candidatlas podrá rechazar registros y suspender o terminar de inmediato las cuentas que incumplan esta sección; en tales casos las sumas ya causadas no serán reembolsables, y las pagadas por anticipado por periodos no disfrutados serán devueltas a prorrata, salvo que las normas sobre sanciones o congelamiento de activos lo prohíban.
17. Datos personales
El tratamiento de datos personales se rige por la Política de tratamiento de datos (Ley 1581 de 2012, Decreto 1377 de 2013). El Usuario autoriza expresamente la transmisión y transferencia internacional de datos a los Terceros Esenciales ubicados fuera de Colombia, en los términos de dicha política. Respecto de los datos de terceros contenidos en los sitios web cuyo análisis solicita, el Usuario actúa como responsable y garantiza estar facultado para someterlos a análisis.
18. Modificaciones
Candidatlas podrá modificar este Acuerdo. Los cambios sustanciales se notificarán al correo registrado o en la Plataforma con una antelación mínima de quince (15) días calendario; si el Usuario no está de acuerdo, podrá terminar el Acuerdo antes de la entrada en vigencia de la modificación, sin penalidad ni preaviso, con devolución a prorrata de los periodos prepagados no disfrutados. El uso posterior a la entrada en vigencia constituye aceptación. La versión vigente se publica en esta página.
19. Disposiciones generales
(a) Cesión: Candidatlas podrá ceder este Acuerdo a sus vinculadas o en el marco de una reorganización empresarial, sin menoscabo de los derechos y garantías del Usuario; el Usuario no podrá cederlo sin autorización escrita. (b) No renuncia: la tolerancia frente a un incumplimiento no constituye renuncia. (c) Divisibilidad: la nulidad o ineficacia parcial no afecta el resto. (d) Acuerdo íntegro: este Acuerdo, junto con la Política de privacidad, constituye el acuerdo completo entre las partes y prevalece sobre cualquier comunicación previa, sin perjuicio del carácter vinculante de las condiciones objetivas anunciadas públicamente cuando resulte aplicable el artículo 29 de la Ley 1480 de 2011. (e) Supervivencia: las cláusulas 6, 7, 8, 11, 12, 13 y 20 sobreviven a la terminación. (f) Idioma: la versión en español prevalece sobre cualquier traducción. (g) Notificaciones: al correo registrado del Usuario y a [correo de contacto] para Candidatlas. (h) Se excluye la aplicación de la Convención de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG) y de las normas de reenvío.
20. Ley aplicable y resolución de controversias
Este Acuerdo se rige por las leyes de la República de Colombia, con independencia del lugar desde el cual el Usuario acceda a la Plataforma. Toda controversia entre empresarios derivada de este Acuerdo se resolverá mediante arbitraje en derecho ante el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, por un (1) árbitro, en idioma español y conforme a su reglamento y a la Ley 1563 de 2012; el laudo será definitivo y vinculante. Cuando el Usuario tenga, conforme a la ley, la condición de consumidor, conserva las acciones ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) y los jueces competentes.
21. Aceptación electrónica
Las partes reconocen plena validez y fuerza probatoria a la aceptación de este Acuerdo mediante mensajes de datos y mecanismos de manifestación del consentimiento por vía electrónica (clickwrap), de conformidad con la Ley 527 de 1999. Candidatlas conserva registro de la versión aceptada, la fecha y la dirección IP como evidencia del consentimiento.
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